Desde diciembre de 2014 está en vigor el Reglamento 1169/2011 sobre la información alimentaria dirigida al consumidor. Entre los objetivos de este reglamento está dotar a los consumidores del derecho a la información, aunque ya sabemos que hay cabos sueltos, y proteger su salud al indicar la presencia de 14 sustancias que pueden provocar alergias o intolerancias. Para conocer más detalles sobre esta norma podéis retomar la lectura de la guía sobre la información alimentaria facilitada al consumidor a través de este enlace.
A raíz de este reglamento surgió el Etiquetado Precautorio de Alérgenos (EPA), una herramienta que está siendo mal utilizada, pues muchas empresas de la industria alimentaria utilizan de forma voluntaria los mensajes que seguramente todos habéis podido ver en alimentos y productos envasados como ‘Puede contener trazas de…’, o ‘Se elabora en una fábrica en la que se utiliza…’. Esto no quiere decir que el producto contenga alérgenos, sino que se podrían encontrar de forma involuntaria, por una contaminación cruzada, siendo un riesgo para los consumidores susceptibles.
Más que para prevenir a los consumidores, la industria utiliza estos mensajes para cubrir sus espaldas, pero esta no es la forma más adecuada para gestionar la falta del Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC) durante la fabricación, o la falta de adherencia a las generalmente reconocidas Buenas Prácticas de Fabricación (BPF), según la propia FIAB (Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas) y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, quienes recientemente presentaron la Guía sobre el Etiquetado Precautorio de Alérgenos (EPA).
Con esta guía, se pretende subsanar el error que está cometiendo la industria por el mal uso del Etiquetado Precautorio de Alérgenos, y es que están provocando que pierda credibilidad, y no sólo perjudica a la industria a nivel europeo, al final también puede perjudicar al consumidor, porque se diseñó como una herramienta de gestión de riesgos necesaria, eficaz y transparente, pero ahora es como si no existiera. Otro de los efectos inversos que han conseguido es crear confusión en los consumidores, a quienes disuaden de consumir ciertos productos ‘por si acaso’, limitando su dieta y empobreciendo su alimentación.
Recordemos que de esto hemos hablado anteriormente, fue ya en 2014 cuando la FSA (Food Standards Agency), la Agencia de Normas Alimentarias que representa a Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte sobre cuestiones de seguridad y las normas alimentarias en la Unión Europea, llamó la atención sobre el uso inadecuado que se hacía del mensaje ‘Puede contener…’. Lo hizo tras realizar un análisis de más de 1.000 productos de doce categorías distintas, y en casi un 50% de las muestras en cuya etiqueta indicaban la posibilidad de contener trazas de algún alérgeno, no había ningún resto.
Casi un año después volvimos a hablar del tema después de que las autoridades nórdicas anunciaran que iban a tomar cartas en el asunto para evitar el uso innecesario de ‘Puede contener…’ en las etiquetas alimentarias, ya que en 2012 realizaron una campaña de inspección en Noruega, Suecia, Dinamarca y Finlandia sobre el uso del mencionado enunciado, y se detectó que un 20% de los productos incluían el mensaje de advertencia sin que se hubiera realizado un análisis exhaustivo que demostrase que existía un riesgo de posible contaminación con algún ingrediente asociado a las alergias alimentarias. Podéis retomar la lectura del artículo aquí.
Ahora es España quien quiere alertar a la industria alimentaria sobre la necesidad de hacer buen uso del EPA, para ello celebró una jornada el pasado mes de octubre en la que presentó la guía Etiquetado Precautorio de Alérgenos (EPA): Un enfoque científico basado en la evaluación cuantitativa del riesgo, y que podéis descargar a través de este enlace (Pdf). Y este es el principal objetivo, que los mensajes que advierten a los consumidores sobre la posibilidad de que de forma involuntaria los productos contengan alérgenos, sin haber realizado el pertinente análisis, desaparezcan.
Recordemos que el reglamento obliga a los fabricantes a etiquetar sobre 14 alérgenos, son los siguientes:
1. Cereales que contengan gluten, a saber: trigo (como espelta y trigo Khorasan), centeno, cebada, avena o sus variedades híbridas y productos derivados, salvo:
a) jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa (1);
b) maltodextrinas a base de trigo (1);
c) jarabes de glucosa a base de cebada;
d) cereales utilizados para hacer destilados alcohólicos, incluido el alcohol etílico de origen agrícola.2. Crustáceos y productos a base de crustáceos.
3. Huevos y productos a base de huevo.
4. Pescado y productos a base de pescado, salvo:
a) gelatina de pescado utilizada como soporte de vitaminas o preparados de carotenoides;
b) gelatina de pescado o ictiocola utilizada como clarificante en la cerveza y el vino.
5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes
6. Soja y productos a base de soja, salvo:
a) aceite y grasa de semilla de soja totalmente refinados (1);
b) tocoferoles naturales mezclados (E306), d-alfa tocoferol natural, acetato de d-alfa
tocoferol natural y succinato de d-alfa tocoferol natural derivados de la soja;
c) fitosteroles y ésteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja;
d) ésteres de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja.7. Leche y sus derivados (incluida la lactosa), salvo:
a) lactosuero utilizado para hacer destilados alcohólicos, incluido el alcohol etílico de origen agrícola;
b) lactitol.8. Frutos de cáscara, es decir: almendras (Amygdaluscommunis L.), avellanas (Corylus avellana), nueces (Juglans regia), anacardos (Anacardiumoccidentale), pacanas [Caryaillinoensis (Wangenh.) K. Koch], nueces de Brasil (Bertholletia excelsa), pistachos (Pistacia vera), nueces macadamia o nueces de Australia (Macadamiaternifolia) y productos derivados, salvo los frutos de cáscara utilizados para hacer destilados alcohólicos, incluido el alcohol etílico de origen agrícola.
9. Apio y productos derivados.
10. Mostaza y productos derivados.
11. Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
12. Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10mg/kg o 10mg/litro en términos de SO 2 total, para los productos listos para el consumo o reconstituidos conforme a las instrucciones del fabricante.
13. Altramuces y productos a base de altramuces.
14. Moluscos y productos a base de moluscos.
(1) Se aplica también a los productos derivados, en la medida en que sea improbable que los procesos a que se hayan sometido aumenten el nivel de alergenicidad determinado por la autoridad competente para el producto del que se derivan.
La guía sobre el Etiquetado Precautatorio de Alérgenos es muy completa, empieza explicando qué es y cuál es su objetivo, a quién se quiere proteger y contra qué, las razones de que haya esa necesidad, por qué no funciona el EPA, por qué es necesario basarse en conocimientos científicos sólidos a la hora de utilizar el etiquetado de precaución, cómo evaluar los riesgos de alérgenos, la necesidad de los parámetros de referencia cuantitativos armonizados, qué sustancias o productos deberían estar cubiertos por el EPA, la distinción clara del EPA sobre los alérgenos de la lista de ingredientes, etc. Lo difícil es saber si con esto se conseguirán los objetivos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario